Vanuatu, un pequeño estado insular del Pacífico, inició un largo camino que ha llevado a la plantear a que el tribunal se pronuncie acerca de la aplicación del derechos internacional en cuestiones de cambio climático. Aunque su dictamen no será vinculante, marcará sin duda todas las relaciones legales de los Estados sobe el calentamiento global en el futuro.

El cambio climático ha llegado a la justicia de la mano de la Asamblea General*, que pidió a la Corte Internacional de Justicia una opinión consultiva para que se aclare cuáles son las obligaciones jurídicas de los Estados con respeto al calentamiento global en virtud del derecho internacional, así como las consecuencias de su incumplimiento. Las audiencias del cambio climático, que están previstas del 2 al 13 de diciembre en La Haya (Países Bajos), donde tiene su sede la Corte, van a generar un número récord de declaraciones orales de los Estados, lo que convertirá este proceso en el mayor caso presentado ante un tribunal de rango internacional.
Noticias ONU ha preparado este artículo explicativo con cuatros cuestiones clave que hay que saber sobre este histórico proceso:
1. ¿De qué tratan las audiencias?
Las audiencias versan en general sobre las obligaciones de los Estados en relación con el cambio climático y las consecuencias jurídicas de dichas obligaciones. Representan así los esfuerzos de la comunidad internacional por establecer un marco jurídico para hacer frente al cambio climático.
En otras palabras, la Corte debe aclarar el alcance del derecho internacional en materia de cambio climático. Esa opinión, influirá después en cualquier proceso multilateral relacionado con la lucha contra este devastador fenómeno provocado por la mano del hombre.
La decisión de la Corte se forma entorno a dos cuestiones centrales que se plantean al Tribunal. La primera la de cuáles son las obligaciones de los Estados a la hora de garantizar la protección del sistema climático y otras partes del medio ambiente para las generaciones presentes y futuras. La segunda cuáles son las consecuencias jurídicas los Estados, por sus actos y omisiones, hayan causado daños significativos al sistema climático y otras partes del medio ambiente.
Esa segunda cuestión debe aclarar, en particular, cuáles son esas consecuencias en los daños causados a los pequeños Estados insulares en desarrollo, así como para los pueblos y personas de las generaciones presentes y futuras afectados por los efectos adversos del cambio climático.

4. ¿Qué efectos puede tener una opinión consultiva?
A diferencia de las sentencias en casos contenciosos, las opiniones consultivas del Tribunal no son vinculantes. Aclaran cuestiones jurídicas. El órgano, organismo u organización solicitante -la Asamblea General en este caso concreto- sigue siendo libre de decidir, según estime oportuno, qué efecto dar a estas opiniones.
Sin embargo, aunque no son vinculantes, las opiniones consultivas tienen «un valor de autoridad y no pueden descuidarse», según dijo el Secretario de la Corte en una entrevista reciente con Noticias ONU. Conllevan una gran autoridad moral por parte del que se considera el más alto tribunal del mundo y el principal órgano judicial de la ONU.
Este dictamen sobre el cambio climático puede contribuir a fundamentar procedimientos judiciales posteriores, como casos nacionales, influir en el proceso diplomático y probablemente se citará en miles de pleitos relacionados con el clima en todo el mundo, incluidos aquellos en los que los pequeños Estados insulares solicitan indemnizaciones a las naciones desarrolladas por daños climáticos históricos, según una fuente de los medios de comunicación.
El Secretario General de la ONU, António Guterres, ha declarado que este dictamen ayudará a la Asamblea General, a las Naciones Unidas y a los Estados miembros a «adoptar las medidas climáticas más audaces y firmes que nuestro mundo necesita tan desesperadamente».
«También podría orientar las acciones y la conducta de los Estados en sus relaciones entre sí, así como hacia sus propios ciudadanos. Esto es esencial», subrayó.
*La Asamblea General de la ONU es el mayor órgano de deliberación que tiene el mundo, donde se sientan 193 Estados.
Fuente: https://news.un.org/es/story/2024/12/1534791